Carta de renuncia: formato completo y cómo entregarla
La carta de renuncia es el escrito con el que un trabajador avisa a su patrón que termina la relación de trabajo por decisión propia y desde qué fecha. Vale con fecha, nombre y firma: la Ley Federal del Trabajo no exige plazo de aviso ni formato, pero la carta entregada con acuse de recibo prueba que la salida fue voluntaria y abre el pago del finiquito.
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Renunciar por escrito protege a las dos partes: la empresa documenta que no hubo despido y usted deja constancia de su último día y de que pidió su finiquito. En México se acostumbra avisar con unos quince días para entregar pendientes, aunque la ley no fija ese plazo. Lo que importa es renunciar con fecha cierta, sin espacios en blanco y sin firmar que ya se le pagó todo antes de tener el dinero.
La ley trata la renuncia como una terminación por voluntad del trabajador: no da derecho a indemnización, pero sí al finiquito con los salarios pendientes y las partes proporcionales de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional, más la prima de antigüedad si hay quince años de servicio. El formato indica puesto, fecha de ingreso, último día de labores, entrega de pendientes y la solicitud del finiquito y de la constancia de servicios.
Cuándo se usa este documento
Cuando deja su empleo por otra oferta o por motivos personales y quiere documentar la fecha de salida.
Cuando Recursos Humanos le pide la renuncia por escrito para calcular el finiquito y dar su baja en el IMSS.
Cuando prefiere no dar explicaciones: la carta puede limitarse a la decisión y a la fecha.
Cuando nunca firmó contrato y necesita una prueba de cuándo terminó la relación de trabajo.
Lo que debe contener para que sea válido
Lugar y fecha, nunca posterior al último día de labores.
Destinatario: jefe inmediato o Recursos Humanos, y la razón social de su recibo de nómina.
La decisión expresa de renunciar, con el puesto y la fecha de ingreso.
La fecha exacta del último día de labores; los días que faltan son su aviso.
La entrega de pendientes, equipo, credencial y accesos.
La solicitud del finiquito y de la constancia de servicios.
Nombre completo, firma autógrafa y un espacio de acuse con nombre, fecha, firma y sello.
Formato listo para copiar
CARTA DE RENUNCIA
[CIUDAD], a [DÍA] de [MES] de [AÑO]
[NOMBRE DEL JEFE INMEDIATO O DEL RESPONSABLE DE RECURSOS HUMANOS]
[PUESTO DE QUIEN RECIBE]
[RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA]
P R E S E N T E
Por medio de la presente le comunico mi decisión de renunciar de manera voluntaria al puesto de [PUESTO] que desempeño en [RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA] desde el [FECHA DE INGRESO]. Mi último día de labores será el [FECHA DEL ÚLTIMO DÍA DE LABORES].
Agradezco la oportunidad, la confianza y el apoyo que recibí durante este tiempo. Hasta mi último día entregaré los asuntos pendientes, el equipo, la credencial y los accesos que tengo a mi cargo a la persona que la empresa me indique.
Solicito que al terminar la relación de trabajo se me pague el finiquito con los salarios devengados y las partes proporcionales de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional que me correspondan, y que se me entregue la constancia de servicios.
Sin otro particular, quedo a sus órdenes para cualquier aclaración.
Atentamente,
[NOMBRE COMPLETO DEL TRABAJADOR]
Puesto: [PUESTO] — Núm. de empleado: [NÚMERO] — Teléfono: [TELÉFONO]
Firma: ____________________
Recibí original. Nombre y puesto: [NOMBRE Y PUESTO DE QUIEN RECIBE] — Fecha: [FECHA] — Firma y sello: ____________________
Fundamento legal: Ley Federal del Trabajo, arts. 33 (nula la renuncia a salarios y prestaciones devengados), 76, 80 y 87 (vacaciones, prima vacacional y aguinaldo) y 162 fr. III (prima de antigüedad con quince años de servicio).
Cómo llenarlo paso a paso
Pregunte en Recursos Humanos a nombre de quién va la carta y copie la razón social exacta de su recibo de nómina.
Escriba el puesto, la fecha de ingreso y el último día de labores; ese día debe coincidir con la fecha de baja que registre la empresa.
Deje el motivo fuera o redúzcalo a una frase neutra; los reproches pueden usarse en su contra.
Imprima dos tantos, firme ambos con tinta y entregue uno; en el otro pida nombre, fecha, hora, firma y sello de recibido.
Si nadie quiere recibirla, envíela el mismo día por correo electrónico a su jefe y a Recursos Humanos y guarde el envío.
Errores que después causan problemas
Firmar una renuncia sin fecha o con espacios en blanco: la empresa puede fecharla a su conveniencia.
Escribir que no se le adeuda nada antes de cobrar: esa frase sirve para negarle lo pendiente.
Dejar de presentarse sin entregar la carta: más de tres faltas sin permiso en treinta días son causa de rescisión.
Entregarla sin acuse de recibo: sin la copia sellada no puede probar cuándo renunció.
¿Tengo que avisar con quince días de anticipación?
La ley no fija ningún plazo para renunciar; los quince días son una costumbre que facilita la entrega de pendientes y deja buena referencia. Si su contrato o el reglamento interior prevén un aviso, cúmplalo o acuerde la salida; nadie puede retener su finiquito por no haber avisado.
¿Qué me deben pagar cuando renuncio?
El finiquito: los días trabajados y no pagados, la parte proporcional del aguinaldo, las vacaciones pendientes con su prima vacacional del veinticinco por ciento y las prestaciones de su contrato. La indemnización de tres meses y veinte días por año solo corresponde en un despido injustificado; la prima de antigüedad, en renuncia, solo con quince años de servicio.
¿Qué hago si la empresa no quiere recibir mi carta?
Entréguela frente a un compañero que pueda dar testimonio y envíela el mismo día por correo electrónico a su jefe y a Recursos Humanos. Si aun así no la reciben, acuda al Centro de Conciliación Laboral de su estado o a la PROFEDET; la fecha del correo será su prueba.
¿Puedo renunciar sin dar un motivo?
Sí. La carta solo necesita su decisión, la fecha de salida y su firma; puede añadir una razón neutra, como una nueva oportunidad profesional, pero no está obligado a explicarla.
Los formatos de esta página son textos orientativos, no asesoría legal. Los plazos, montos y condiciones cambian según el caso; en contratos de montos altos o cuando pueda haber una controversia, consulte a un abogado antes de firmar.