Carta de no adeudo: formato completo y quién debe expedirla
La carta de no adeudo es la constancia que expide un acreedor, como el administrador de un condominio, una escuela o un banco, para hacer constar que una persona no tiene pagos pendientes a una fecha. La firma quien cobra, no quien pagó, y vale con membrete, datos del deudor, concepto y periodo cubiertos, fecha, firma y sello. Se pide para vender un departamento, cambiar de escuela o cancelar una hipoteca.
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Vender un departamento, inscribir a un hijo en otra escuela o quitar el gravamen de la casa que ya terminó de pagar tienen un paso en común: demostrar que no debe nada. Esa prueba no la hace el deudor con sus recibos sueltos; la hace el acreedor con una carta de no adeudo, y quien la recibe revisa que la firme alguien con facultades y hasta qué fecha cubre.
Cada versión tiene su regla. En condominios, varios estados obligan al notario a exigir al vendedor la constancia de no adeudo de cuotas firmada por el administrador. En escuelas particulares, la PROFECO recuerda que el plantel no puede retener documentos oficiales por adeudos y debe entregarlos en quince días hábiles, pero la escuela destino suele pedir la carta antes de inscribir. Con el Infonavit no se redacta: al liquidar el crédito se solicita en Mi Cuenta Infonavit la carta de cancelación de hipoteca. El formato es la versión de condominio.
Cuándo se usa este documento
Cuando vende un departamento en condominio y el notario o el comprador piden la constancia de cuotas.
Cuando cambia a su hijo de escuela y la nueva pide comprobar que no deja colegiaturas pendientes.
Cuando terminó de pagar un crédito y necesita que el acreedor lo reconozca por escrito.
Cuando cierra la relación con un proveedor o arrendador y quiere constancia de que no quedan saldos.
Lo que debe contener para que sea válido
Membrete o datos de quien expide: nombre o razón social, RFC, domicilio y teléfono.
Nombre y cargo de quien firma: administrador designado por la asamblea, director o representante legal.
Nombre del deudor y lo que se certifica: departamento, alumno y grado o número de crédito.
La declaración expresa de que no existe adeudo y el concepto: cuotas, colegiaturas o mensualidades.
Periodo cubierto y fecha de corte; en condominios, la última cuota pagada y la cuota vigente.
Para qué se expide, lugar, fecha, firma autógrafa y sello, y una vigencia si quien la recibe la pide.
Formato listo para copiar
CARTA DE NO ADEUDO
[CIUDAD], a [DÍA] de [MES] de [AÑO]
A QUIEN CORRESPONDA
P R E S E N T E
El que suscribe, [NOMBRE COMPLETO DEL ADMINISTRADOR], administrador del condominio [NOMBRE DEL CONDOMINIO], ubicado en [DOMICILIO], designado por la asamblea de condóminos del [FECHA DE LA ASAMBLEA], HAGO CONSTAR que [NOMBRE COMPLETO DEL CONDÓMINO], propietario del departamento [NÚMERO], se encuentra al corriente en el pago de las cuotas ordinarias y extraordinarias de mantenimiento, administración y fondo de reserva, y a la fecha de esta carta no presenta adeudo alguno con el condominio.
La última cuota pagada corresponde al mes de [MES Y AÑO], por $[MONTO] ([MONTO CON LETRA] pesos 00/100 M.N.), importe mensual vigente. Esta constancia abarca hasta el [FECHA DE CORTE] y tiene una vigencia de treinta días naturales.
Se expide a petición del interesado para los fines legales que a él convengan, en particular para la compraventa de la unidad ante notario público. Para verificar su contenido quedo a sus órdenes en el teléfono [TELÉFONO] y en el correo [CORREO ELECTRÓNICO].
Atentamente,
[NOMBRE COMPLETO DEL ADMINISTRADOR]
Administrador del condominio [NOMBRE DEL CONDOMINIO] — Firma: ____________________ Sello
Pídala por escrito a quien le cobra y diga para qué la necesita: la redacción cambia según quien la leerá.
Liquide antes lo pendiente y reúna los comprobantes del último año; quien la firma los coteja con su registro.
Revise concepto, periodo y fecha de corte, y que identifique el departamento, al alumno o el crédito sin errores.
Compruebe que firme quien tiene facultades, con sello: el administrador nombrado en el acta de asamblea o el director.
Para una escuela, el primer párrafo dice «el alumno [NOMBRE], inscrito en [GRADO Y GRUPO], no tiene colegiaturas pendientes»; para un crédito, cite el contrato y el último pago.
Errores que después causan problemas
Redactarla usted mismo y pedir solo una firma: sin membrete, sello y teléfono, nadie puede verificarla.
Que la firme un vecino o un empleado sin facultades: la del condominio la expide el administrador designado por la asamblea.
Dejar fuera la fecha de corte: sin ella no demuestra que las cuotas del mes de la escritura están pagadas.
¿Cómo se obtiene la carta de no adeudo del Infonavit?
Cuando el crédito aparece con saldo en cero en Mi Cuenta Infonavit, solicite ahí la carta de cancelación de hipoteca, también en un Centro de Servicio o por Infonatel; si sigue trabajando, genere el aviso de suspensión de descuentos para su patrón. Con la carta, un notario o el Registro Público de la Propiedad cancelan la hipoteca; derechos y honorarios dependen del estado.
¿El administrador puede negarse a dar la constancia de no adeudo?
Solo si existe adeudo, incluidas cuotas extraordinarias y recargos; si está al corriente, debe expedirla. Pídala por escrito con acuse y sus comprobantes; si se niega sin razón, acuda a la autoridad de condominios de su estado, en la Ciudad de México la Procuraduría Social. En varios estados el notario no firma sin esa constancia, así que pídala con tiempo.
¿La escuela puede negarme los documentos de mi hijo por un adeudo?
No. La PROFECO señala que las escuelas particulares no pueden retener boletas, certificados ni constancias por falta de pago y deben entregarlos en quince días hábiles; sí pueden dar de baja al alumno tras tres colegiaturas vencidas, con aviso de quince días. La carta de no adeudo es distinta: la escuela anterior la firma solo si está al corriente, así que liquide antes de pedirla.
Los formatos de esta página son textos orientativos, no asesoría legal. Los plazos, montos y condiciones cambian según el caso; en contratos de montos altos o cuando pueda haber una controversia, consulte a un abogado antes de firmar.